Un fallo judicial validó la eliminación de ciertas sanciones económicas a empleadores, aunque mantuvo vigente el derecho a las indemnizaciones por despido.
El Primer Juzgado del Trabajo de San Juan rechazó un planteo de inconstitucionalidad contra aspectos de la reforma laboral incorporada en la Ley Bases. La decisión surgió a partir de una demanda presentada por una trabajadora despedida que, además de reclamar su indemnización, solicitó el cobro de multas previstas en la legislación anterior.
El juez Matías Pallitto resolvió que las indemnizaciones por despido continúan siendo un derecho plenamente vigente, pero consideró válida la eliminación de las sanciones económicas que castigaban irregularidades como el empleo no registrado o deficiencias en la registración laboral.
En su fallo, el magistrado sostuvo que las indemnizaciones tienen una finalidad reparadora para el trabajador, mientras que las multas derogadas cumplían una función sancionatoria hacia el empleador. Por ello, concluyó que la supresión de esos recargos no vulnera la protección constitucional contra el despido arbitrario.







